01 agosto, 2012
Posible remodelación del hotel de Santa Catalina de las Palmas de Gran Canaria
El pasado mes de julio, a propósito de la posible remodelación del hotel Santa Catalina en la isla de Gran Canaria, esta Real Academia envió la siguiente misiva a las autoridades competentes.
“Con relación a la posible enajenación y remodelación del hotel Santa Catalina de la ciudad de las Palmas de Gran Canaria y considerando la gran preocupación que existe entre un gran número de nuestros académicos y de otros intelectuales de nuestro entorno, esta Real Academia ha acordado realizar el siguiente comunicado, que respetuosamente le traslado:
1.- Ante las manifestaciones del Alcalde de Las Palmas de Gran Canaria anunciando su voluntad de enajenar , por ende, privatizar el Hotel Santa Catalina de dicha ciudad, del que la corporación municipal es propietaria, esta Real Academia manifiesta que el citado edificio y sus jardines encierran un alto valor histórico-artístico y un contenido de obras de arte y artesanía canaria de inestimable valor que no deben escapar, para su protección y conservación, del control de los responsables de los bienes culturales de nuestras instituciones públicas, toda vez que pertenece al bien común de nuestros ciudadanos.
2.- En consecuencia, la Real Academia recomienda que, las obras de restauración que deban acometerse, dados los patentes indicios de envejecimiento y deterioro que muestra dicho edificio, sean respetuosas con la propuesta original de los arquitectos y artistas que han intervenido en su creación, tanto en el exterior como interiormente, compatibilizando las exigencias de lograr un mayor confort y modernización de sus instalaciones derivadas de la finalidad residencial y turística que le es inherente, con el cumplimiento de la protección que la importancia del edificio y el cumplimiento de la normativa urbanística vigente, exige.
3.- Asimismo, recomendamos que se lleve a cabo el inventario de obras de arte que contiene el Hotel y sus jardines antes de cualquier intervención, para que tanto las pinturas en lienzos como murales, las esculturas, las tallas artísticas de elementos arquitectónicos, etc., sean escrupulosamente preservadas, restauradas y, en caso de producirse una enajenación del inmueble, protegidas como bienes de alto interés cultural inamovibles del sitio para el que fueron creadas, impidiendo así su desmantelamiento.”